COVID-19 en el sistema penitenciario chileno
El manejo de la COVID-19 en las cárceles es un desafío complejo, pues las condiciones estructurales, materiales y culturales del sistema penitenciario dificultan cualquier intento por implementar medidas de distanciamiento e higiene. Desde marzo del 2020, el sistema penitenciario chileno ha debido enfrentarse a la crisis de la pandemia y, si bien en términos de cifras pareciera haber tenido éxito, las restricciones implementadas han mermado significativamente la calidad de vida de las personas privadas de libertad
La llegada de la COVID-19 a las cárceles chilenas
Las cárceles y centros de detención son escenarios complejos para el manejo de una pandemia. Por un lado, las condiciones estructurales del sistema carcelario, entre ellas, la sobrepoblación penal, la falta de ventilación de los espacios cerrados, las malas condiciones de vida y la falta de recursos de higiene, dificultan la implementación de medidas preventivas. Por otro lado, la prevalencia de enfermedades de base en la población del penal provoca que sea una población de riesgo y vulnerable a los efectos más adversos del virus. Ante este escenario, la crisis sanitaria provocada por la pandemia ha significado múltiples desafíos para las autoridades penitenciarias, judiciales y sanitarias.
El 29 de marzo de 2020 se registró el primer caso de coronavirus en población penal chilena, en el centro de Detención Privativa de Libertad de Puente Alto. Desde ese primer contagio, diversos brotes se registraron en las unidades penales del país, dando paso a la implementación de una serie de medidas para evitar la propagación del virus en el contexto penitenciario.
Respecto a la evolución de los contagios, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería al 13 de enero de 2022, el total de personas privadas de libertad contagiadas de COVID-19 alcanzaba los 8.059, mientras que la cifra de funcionarios contagiados alcanzaba los 3.389.
A nivel general, durante el 2020, las tasas de contagio de personas privadas de libertad y de funcionarias y funcionarios penitenciarios sobrepasaron las tasas de contagio de la población general. Tal como muestra el gráfico 1, a excepción de los meses de julio y octubre, la tasa de contagio de población penal es superior a la de la población general, evidenciando la vulnerabilidad de las personas privadas de libertad al interior de las cárceles, respecto al riesgo de contagio.
Gráfico 1: Tasa de contagio 1 personas privadas de libertad (PPL), funcionarios/as penitenciarios/as y población general por mes, al 31 octubre 2020
Fuente: Elaboración propia a partir de datos de Gendarmería de Chile y del Ministerio de Salud (octubre 2020). La tasa de contagio corresponde al porcentaje de exámenes positivos, sobre el número total de personas de la muestra. Nº total de funcionarios (Marzo: 16408) (Abril: 16346) (Mayo: 16299) (Junio: 16306) (Julio: 16072) (Agosto: 16052) (Septiembre: 16022) (Octubre: 15941). N total de población penal (Marzo: 43517) (Abril: 39217) (Mayo: 39658) (Junio: 39959) (Julio: 40219) (Agosto: 40504) (Septiembre: 40413) (Octubre: 40136). Nº total de población general: 17574003.
Al momento de analizar las tasas de contagio en el sistema penitenciario es necesario considerar que, desde los departamentos de salud de las unidades penales, se denuncia la escasez de acceso a los test PCR. En concreto, personal de salud sostiene que fue muy difícil acceder a test PCR para la población penal y funcionarias/funcionarios, por lo que muchas personas con síntomas no fueron contabilizadas como casos positivos, por ende, se presume una subrepresentación del número real de contagios.
En cuanto a las muertes por COVID-19 se observa que, al 13 de enero del 2022, solo se han registrado 36 fallecimiento de personas privadas de libertad y 5 fallecimiento del personal penitenciario, registrándose así, una tasa de mortalidad mucho más baja que en la población general.
Medidas para la contención del virus
Con el fin de hacer frente a la pandemia, las autoridades penitenciarias implementaron una serie de medidas para la prevención y contención del virus dentro de las cárceles. En cuanto a las medidas de restricción de movimiento, con el objetivo de evitar la dispersión del virus, buscaron limitar al máximo el movimiento al interior de las cárceles, por lo que suspendieron muchas de las actividades laborales, recreativas y de esparcimiento de los internos. Asimismo, y a fin de evitar que el virus ingresara a las unidades penales, desde comienzos de abril del 2020, las autoridades suspendieron de manera indefinida las visitas desde el medio libre, situación que se mantuvo en vigencia hasta los primeros días de noviembre del mismo año.
En cuanto a la evaluación de las medidas de distanciamiento y restricción de movimiento, si bien estas permitieron evitar la propagación masiva del virus dentro de las unidades penales, generando un escenario mucho más favorable que las estimaciones, las restricciones impuestas tuvieron costos significativos en la calidad de vida y estado emocional de la población penal, la cual vio limitada al máximo los espacios para desahogarse, liberar tensiones y conectarse con el mundo exterior.
A raíz de las medidas antes mencionadas, las horas de encierro se incrementaron considerablemente llegando, en algunos escenarios, a extenderse por 22 horas. Asimismo, la falta de comunicación con el exterior aumentó la angustia y ansiedad.
Sumado a las estrategias de contención y manejo de COVID-19 dentro de las unidades penales, y con el objetivo de reducir los niveles de hacinamiento, facilitando así la implementación de las medidas de distanciamiento recomendadas por los organismos de salud, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJU), el Poder Judicial (PJUD), la Defensoría Penal Pública (DPP) y el Ministerio Público (Fiscalía), impulsaron diversos mecanismos para facilitar la descongestión de las cárceles. Entre esas medidas destacan la ley de indulto conmutativo, la revisión de medidas cautelares, la libertad condicional y la revisión de la prisión preventiva. Según datos entregados por Gendarmería, considerando todas las medidas a octubre del 2020, se logró un nivel de descongestión del 10%.
Los distintos actores involucrados han entregado evaluaciones diversas respecto a las medidas de descongestión implementadas en el marco de la pandemia. Desde la Defensoría, se enfatizó que la ley de indultos resultó ser una medida demasiado restrictiva respecto a los criterios de elegibilidad, por lo que no logró una descongestión significativa de las cárceles. Además, el hecho de que un porcentaje importante de los indultos otorgados fueran temporales, por tan solo 6 meses, significó el reingreso de muchos internos, situación cuestionable considerando la situación sanitaria del país. Para funcionarias, funcionarios y autoridades de Gendarmería de Chile, el indulto fue una medida bien recibida ya que, en algunos casos, permitió descomprimir la presión psicológica de la cárcel. Sin embargo, en otros recintos penitenciarios, el indulto fue motivo de resistencias e intentos de motines por parte de la población penal, la cual demandaba mayor acceso a ese beneficio.
En cuanto a la prisión preventiva, actores del sistema de justicia, del área de la salud y de derechos humanos recalcaron su excesivo uso durante la pandemia, lo que mantuvo o aumentó los niveles de hacinamiento de algunos recintos penitenciarios sobre sus capacidades. Es decir, se criticó la ausencia de otras medidas cautelares que reemplazaran la prisión preventiva durante la pandemia, a fin de contrarrestar los ya altos niveles de hacinamiento.
Respecto a las libertades condicionales, si bien los actores del sistema de justicia argumentan que fue una medida importante, las personas privadas de libertad sostienen que ésta fue insuficiente. Desde las organizaciones de la sociedad civil también se tematiza esta situación, argumentando que Gendarmería no estableció planes de contingencia para el desarrollo de las actividades de reinserción, necesarios para acceder a este beneficio. Esto explicaría, entonces, la baja cantidad de libertades condicionales otorgadas en contexto de pandemia.
Sumado a las medidas antes mencionadas, las autoridades penitenciarias sanitarias y de justicia implementaron múltiples restricciones sanitarias como el uso de la mascarilla, la restricción de traslados y los aislamientos preventivos, con el fin de evitar la propagación del virus. Todas estas medidas transformaron la vida penitenciaria, tanto para el personal como para los privados de libertad.
A modo de conclusión, el manejo de la pandemia en las cárceles da cuenta de que, si bien las estrategias implementadas en el sistema penitenciario tuvieron efectos positivos en cuanto a las cifras de contagios y muertes dentro de las unidades penales, a su vez, generaron una serie de efectos adversos en la población penal, la cual vio limitada su ya restringida libertad, autonomía y espacios para el esparcimiento personal.
De esta forma, si bien muchas de las medidas fueron exitosas en términos epidemiológicos, no todas incorporaron una perspectiva de derechos humanos que aseguren el bienestar físico y emocional de la población penal. Asimismo, y con particular atención a las medidas de descongestión, se destaca que las cárceles no fueron identificadas por las autoridades nacionales como focos críticos ante la COVID-19, por lo que no suscitó mayor voluntad política para favorecer mayores políticas de descongestión que redujeran significativamente los niveles de hacinamiento en las cárceles.
Autora:
Daniela Montanari
Investigadora del Centro de Estudios Justicia y Sociedad
Pontificia Universidad Católica de Chile